De esta manera, explica la Cofece, la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT) deberá otorgar los permisos de autotransporte federal de pasajeros desde los aeropuertos federales a todo aquel que cumpla los requisitos correspondientes, sin sujetar dicha decisión a la opinión de los administradores aeroportuarios.
Así, continúa, todo agente económico que cuente con el permiso correspondiente por parte de la SCT, como son taxis locales, agrupaciones o empresas de redes de transporte, tendría libre acceso a las instalaciones aeroportuarias.
Lo anterior, precisa, previo pago de una cuota (consistente en la tarifa del servicio de acceso, la cual podría ajustarse –a la baja o alta– conforme a las condiciones de oferta y demanda) y sujeto al cumplimiento de requisitos mínimos de seguridad y calidad en el servicio, los cuales no deberían excluir injustificadamente a potenciales prestadores del servicio de autotransporte de pasajeros desde los aeropuertos.
Además, señala, sin perjuicio de que estos permisionarios puedan solicitar adicionalmente a los aeropuertos el servicio de estacionamiento para hacer base u otros servicios; por ejemplo, para instalar casetas de boletaje, previo pago de las tarifas que correspondan, por así convenir a sus intereses.
Esa es la opinión de la Comisión Federal de Competencia Económica sobre la normatividad aplicable al servicio público de autotransporte federal de pasajeros en su modalidad de taxi, con origen en los aeropuertos nacionales, misma que se mandó a la Comisión de Transportes.
El documento precisa que el otorgamiento de permisos de autotransporte de pasajeros desde los aeropuertos se ve afectada por una decisión discrecional por parte de los administradores aeroportuarios, dado que la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal y el Reglamento de Autotransporte Federal y Servicios Auxiliares no establecen los supuestos que deben considerar para emitir opinión favorable, a efecto de que la SCT otorgue el permiso correspondiente.
Dicha decisión otorga a los administradores aeroportuarios la capacidad de restringir artificialmente la oferta de vehículos, añade.
Por ello, indica la Cofece, se considera necesario modificar la normatividad vigente, con el objeto de que sean las condiciones del mercado las que determinen el número de vehículos que presten el servicio de transporte individual de pasajeros desde los aeropuertos del país, de tal suerte que pueda participar en el mercado cualquier agente que cumpla con los requisitos aplicables.