De acuerdo con el Aviso que publica hoy la Dirección General del Autotransporte Federal de la SCT en el Diario Oficial de la Federación, la revisión correspondiente a 2010 se llevará a cabo en dos periodos: del 15 de febrero al 30 de junio, y del 1 de julio al 31 de diciembre.
La finalidad de este control es garantizar que este tipo de vehículos cumplan con la normatividad de seguridad físico-mecánica dispuesto en la Norma Oficial Mexicana NOM-068-SCT-2-2000, para proteger a los usuarios de las carreteras de jurisdicción federal.
De acuerdo con este Aviso, los permisionarios que deseen incrementar el peso bruto vehicular máximo autorizado en 1.5 toneladas en cada eje motriz, y 1.0 toneladas en cada eje de carga, deberán someter sus automotores a la citada verificación.
Conforme a la Ley Federal Sobre Metrología y Normalización, la Secretaría aprobó actualmente a 27 Unidades de Verificación en operación, distribuidas a lo largo del país, y se encuentran en proceso 50 más, que se sumarán gradualmente al programa, con el objetivo de aumentar su cobertura. En dichos centros de control se expedirán los comprobantes correspondientes.
Por la importancia que el documento reviste para la industria del autotransporte en México, PortalAutomotriz.com lo reproduce a continuación de forma íntegra.
AVISO mediante el cual se le informa a los propietarios de vehículos de autotransporte federal de carga y transporte privado que circulan en vías de jurisdicción federal, sobre periodos de verificación de condiciones físico-mecánicas para el año 2010.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Comunicaciones y Transportes.
MIGUEL HEBERTO ELIZALDE LIZARRAGA, Director General de Autotransporte Federal de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 36 fracciones I, IX y XXVII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 35 de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal; 68, 70, 84, 85 y 87 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; 14 del Reglamento sobre el Peso, Dimensiones y Capacidad de los Vehículos de Autotransporte que Transitan en los Caminos y Puentes de Jurisdicción Federal; Norma Oficial Mexicana NOM-068-SCT-2-2000, Transporte Terrestre-Servicio de Autotransporte Federal de Pasaje, Turismo, Carga y Transporte Privado-Condiciones Físico-Mecánicas y de Seguridad para la Operación en Caminos y Puentes de Jurisdicción Federal; Norma Oficial Mexicana NOM-012-SCT-2-2008, Sobre el peso y dimensiones máximas con los que pueden circular los vehículos de autotransporte que transitan en las vías generales de comunicación federal; y 22 fracciones IV, VII, IX, X y XVIII del Reglamento Interior de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, y
CONSIDERANDO
Que de conformidad con el Reglamento sobre el Peso, Dimensiones y Capacidad de los Vehículos de Autotransporte que Transitan en los Caminos y Puentes de Jurisdicción Federal, los vehículos destinados a la prestación del servicio de autotransporte federal, sus servicios auxiliares y transporte privado que operen en puentes y caminos de jurisdicción federal, deberán cumplir con la verificación técnica de sus condiciones físicas y mecánicas y obtener la constancia de aprobación correspondiente con la periodicidad y condiciones que establezcan las normas y disposiciones respectivas;
Que la Norma Oficial Mexicana NOM-012-SCT-2-2008, Sobre el Peso y Dimensiones Máximas con los que Pueden Circular los vehículos de Autotransporte que Transitan en las Vías Generales de Comunicación de Jurisdicción Federal, en sus numerales 6.1.2.2 y 6.1.2.2.1, establecen que el peso bruto vehicular máximo autorizado para los vehículos y configuraciones vehiculares, se podrá incrementar en 1.5 toneladas (t) en cada eje motriz y 1.0 t en cada eje de carga exclusivamente cuando circulan en caminos tipo "ET" y "A", siempre y cuando cumplan con todas y cada una de las especificaciones técnicas, disposiciones de seguridad y de control que en la misma se establecen, incluyendo la verificación técnica de condiciones físico-mecánicas;
Que la verificación de las condiciones físico-mecánicas de los vehículos, incrementa la seguridad de los usuarios de las vías generales de comunicación de jurisdicción federal, permitiendo la disminución de los índices de accidentalidad, cuya causa tiene su origen en fallas mecánicas.
Que las especificaciones físico-mecánicas que deberán cumplir los vehículos para su tránsito seguro por los caminos y puentes de jurisdicción federal, se establecen en la Norma Oficial Mexicana NOM-068-SCT-2-2000, Transporte Terrestre-Servicio de Autotransporte Federal de Pasaje, Turismo, Carga y Transporte Privado-Condiciones Físico-Mecánicas y de Seguridad para la Operación en Caminos y Puentes de Jurisdicción Federal;
Que de conformidad con la Ley Federal Sobre Metrología y Normalización, la Secretaría de Comunicaciones y Transportes cuenta con la infraestructura, a través de Unidades de Verificación, para llevar a cabo la verificación de las condiciones físico-mecánica de los vehículos de autotransporte federal y de transporte privado de carga, he tenido a bien emitir el siguiente:
AVISO
Para dar cumplimiento a la verificación y acreditación del dictamen de las condiciones físico-mecánicas, dispuesto en los numerales 6.1.2.2 y 6.1.2.2.1 de la Norma Oficial Mexicana NOM-012-SCT-2-2008, Sobre el peso y dimensiones máximas con los que pueden circular los vehículos de autotransporte que transitan en las vías generales de comunicación de jurisdicción federal, las personas físicas y morales permisionarias del servicio de autotransporte federal de carga y transporte privado, que deseen incrementar el peso bruto vehicular máximo autorizado en 1.5 t en cada eje motriz y 1.0 t en cada eje de carga exclusivamente cuando circulan en caminos tipo "ET" y "A", deberán someter sus vehículos a la verificación semestral obligatoria de condiciones físico-mecánicas, de conformidad con lo que establece la Norma Oficial Mexicana NOM-068-SCT-2-2000, Transporte Terrestre-Servicio de Autotransporte de Pasaje, Turismo, Carga y Transporte Privado-Condiciones Físico-Mecánicas y de Seguridad para la Operación en Caminos y Puentes de Jurisdicción Federal, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 24 de julio de 2000 y obtener el dictamen de aprobación correspondiente, en las Unidades de Verificación acreditadas y aprobadas por la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, para el año 2010 conforme a los siguientes periodos:
PRIMERA VERIFICACION 15 DE FEBRERO AL 30 DE JUNIO DE 2010
SEGUNDA VERIFICACION 1o. DE JULIO AL 31 DE DICIEMBRE DE 2010
Dado en la Ciudad de México, Distrito Federal, a los quince días del mes de febrero de dos mil diez.- El Director General de Autotransporte Federal de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, Miguel Heberto Elizalde Lizárraga.- Rúbrica.