A la sesión a la que acudió el titular de la SDS, Constantino Maldonado Krinis, se expuso que dichas restricciones transgreden el derecho al libre tránsito, consagrado en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Lo anterior, al no permitir la circulación de los ciudadanos, independientemente de la entidad federativa en la que estén matriculados los vehículos, aún y cuando hayan sido certificados como no contaminantes por el Sistema de Verificación Vehicular de la Ciudad de México.
Se manifestó que el hecho de que se pretenda condicionar la homologación del pago de impuesto sobre Tenencia Vehicular, atenta contra el principio de Soberanía de los Estados, pues, resulta evidente que no se pretende combatir el problema de contaminación ambiental, sino de que los contribuyentes que son propietarios o poseedores de un vehículo paguen, lo cual, en nada aporta al propósito de la Comisión Ambiental de la Megalópolis (CAMe).
Tras presentar el análisis técnico – jurídico, se concluyó que cada una de las áreas que cuentan con la experticia y conocimientos técnicos de cada estado integrante de la CAMe, enviará las propuestas para exponerlas en la próxima reunión que se convoque, relacionados a la circulación de vehículos y la contaminación provocada por el mismo uso en la Ciudad de México.