La obligación de iluminar sus automotores durante las horas de obscuridad lo establece la fracción VI del artículo 22 del Reglamento de Tránsito Metropolitano (RTM), lo mismo que la multa de 10 días de salario mínimo vigente en el Distrito Federal en caso de incumplimiento.
Por este motivo, se reitera que a partir del próximo martes 1 de marzo el personal de la Subsecretaría de Control de Tránsito iniciará la aplicación de sanciones a los operadores de unidades del servicio público que incumplan con esta disposición.
El pasado 15 de febrero, el titular de la SSP-DF, Manuel Mondragón y Kalb, inició una campaña de sensibilización entre prestadores del servicio público de pasaje a fin de exhortarlos a acatar la ley para mayor seguridad de los usuarios.
Asignó, para tal efecto, a 500 elementos por turno de la Subsecretaría de Control de Tránsito, quienes desde ese día y hasta el próximo 28 de febrero entregan a conductores y concesionarios de transporte público una tarjeta informativa sobre esta obligación.
Una vez cumplido el plazo este próximo lunes 28 de febrero, los agentes de tránsito con chaleco fluorescente y la leyenda “Autorizado para infraccionar” que además porten el dispositivo móvil de infracción denominado “Hand Held”, sancionarán a todo conductor que viole la referida norma.
La Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal reitera su recomendación a los ciudadanos para evitar el servicio de todo vehículo de transporte público de pasaje, en particular taxis, que transite sin iluminación interior durante las noches o sin el tarjetón con fotografía de su conductor en todo momento, así como reportar cualquier irregularidad al teléfono 52-08-98-98 del Centro de Atención del Secretario (CAS).