La nueva reglamentación, vigente a partir de mañana, tiene por objeto regular el estacionamiento en las calles capitalinas mediante su uso, control, administración, operación, cobro, aprovechamiento y supervisión ejercido por el gobierno local.
Lo anterior, a través de la Secretaría de Movilidad, o bien por terceros autorizados, a través del otorgamiento de la concesión o del instrumento jurídico previsto en la normatividad aplicable.
Al dar a conocer el reglamento en la Gaceta Oficial, el gobierno de la Ciudad de México precisa que será la Secretaría de Movilidad quien determine las zonas de parquímetros.
Esto, al tomar en consideración el Plan General de Desarrollo del Distrito Federal, el Programa Integral de Movilidad, el Manual de Dispositivos para el Control de Tránsito del Distrito Federal y demás disposiciones aplicables.
La nueva disposición abroga el reglamento del 11 de octubre de 2011 y el programa para la rehabilitación de espacios públicos y equipamiento urbano mediante el control de estacionamientos en vía pública emitido el 5 de julio de 2010.
Expone que la Secretaría de Movilidad determinará las características técnicas de los equipos para el control y cobro de estacionamiento en vía pública y las medidas para la incorporación de nuevas tecnologías amigables con el ambiente en dichos sistemas.
De esta forma, el nuevo reglamento especifica las bases para los interesados en participar como concesionarios y las acciones que competen a cada una de las instancias participantes, como la propia Secretaría de Movilidad.
Además de determinar las zonas de parquímetros, dicha dependencia deberá establecer las características técnicas de los sistemas, dispositivos e instrumentos para el control y cobro por estacionamiento en vía pública, así como operarlos y supervisarlos, así como aplicar la señalización correspondiente de estos espacios.
Indica que será la Secretaría de Finanzas quien concentrar y registre las operaciones y recursos provenientes de la recaudación por los ingresos derivados por el estacionamiento en vía pública, así como por el retiro del candado inmovilizador y los aprovechamientos por la imposición de la sanción correspondiente.
A su vez, anota, la Secretaría de Seguridad Pública capitalina auxiliará en las labores de señalización en la zona de parquímetros, inmovilizará los vehículos que infrinjan la disposición, además de supervisar y auxiliar en el retiro de los candados inmovilizadores.
Señala que la Oficialía Mayor deberá formalizar las asignaciones que realice el Comité de Patrimonio Inmobiliario respecto de estos espacios, mientras que a las demarcaciones les corresponde dar el mantenimiento a las zonas destinadas para este fin.
La nueva reglamentación capitalina establece aspectos para la administración del estacionamiento en vía pública a través de parquímetros; de la instalación y operación de los mismos, así como de las obligaciones de los usuarios y de los terceros autorizados para su operación.
También especifica los procedimientos para que los propietarios o poseedores de inmuebles destinados a vivienda, ubicados dentro del área específica de la zona de parquímetros, puedan estacionar sus unidades en dicha área, sin estar obligados al pago, previo permiso especial o renovable para residentes.