A los dueños de vehículos matriculados en el estado que tramitan el reemplacamiento de su unidad, se les informa que la verificación vehicular siempre debe estar vigente, por lo que se debe realizar en el periodo que corresponde de acuerdo a la terminación de placa y al calendario de verificación.
Por ningún motivo el reemplacamiento deja sin vigencia las verificaciones realizadas, ni sustituye las pendientes que se debieron haber realizado en los plazos establecidos.
Los certificados de verificación doble cero, no perderán su vigencia por el reemplacamiento, por lo que deben verificar al término de su vigencia en el periodo que corresponde de acuerdo a la terminación de su placa.
La próxima verificación tipo Cero, Uno y Dos deberá llevarse a cabo en el plazo que establece el certificado de verificación vehicular anterior vigente o de acuerdo a la terminación de la nueva placa, si se hubiera realizado el reemplacamiento después de haber efectuado la verificación.
Si circula en la Ciudad de México, el Programa de Verificación Vehicular establece que en caso de cambio de placas, las verificaciones tipo Cero, Uno y Dos deberán verificar dentro de los 180 días siguientes a la fecha de la tarjeta de Circulación; mientras esté dentro de este plazo no se violenta la normativa que aplica para la CDMX.
De igual manera, el certificado doble cero no perderá su vigencia por el cambio de placa, por lo que tampoco violenta la normativa de verificación vehicular en la capital del país.
El trámite de verificación 2019 podrá realizarse acreditando el pago del refrendo 2018, en tanto se realice en el plazo que la Secretaría de Movilidad y Transporte establezca para el reemplacamiento.