En el estudio se destaca que el mercado de seguros en México es el segundo en América Latina. La penetración del sector asegurador es de 2.1 por ciento del PIB, menor a lo observado en otros países de América Latina. Lo anterior, se explica en parte por el hecho de que hasta ahora, en México no había seguros obligatorios de automóviles a diferencia de otros países, ni participación del sector asegurador en la provisión de servicios de salud que presta el Estado.
Así mismo, se señala que sólo el 22 por ciento de los adultos cuentan con algún tipo de seguro privado, siendo el seguro de vida el más utilizado (79 por ciento de usuarios de seguros), seguido del seguro de auto (32.9 por ciento) y del de gastos médicos mayores (30.2 por ciento). Sólo un 3.4 por ciento de la población tiene un seguro de retiro privado.
Situación del Mercado Asegurador Mexicano
El mercado de seguros en México es el segundo en América Latina, en términos de activos y primas, después del brasileño. Sin embargo, la penetración del sector asegurador es baja en comparación a otros países de similar desarrollo económico, pues equivale a 2.1 por ciento del Producto Interno Bruto (PIB), por debajo de otros mercados latinoamericanos como Brasil y Chile, por lo que tiene un enorme potencial de crecimiento. La baja penetración se explica por el hecho de que hasta ahora en México no había seguros obligatorios de automóviles, a diferencia de otros países.
A diciembre de 2013, el total de primas emitidas por el sector asegurador fue de 347,196 millones de pesos, de los cuales el 98.3 por ciento correspondió a seguro directo y el 1.7 por ciento a primas tomadas en reaseguro, de acuerdo con información de la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas (CNSF).
Las primas directas reportaron un incremento real anual de 6.7 por ciento con respecto al año anterior. El aumento en primas se debió principalmente al incremento en los ramos de pensiones, accidentes y enfermedades y vida, pues en 2013 estos tres sectores registraron crecimiento del 9.6, 8.5 y 7.3 por ciento, respectivamente. En contraste, los seguros de daños y de automóviles tuvieron un crecimiento de 5 y 1.7 por ciento. En la composición de cartera del sector asegurador a diciembre de 2013, los principales rubros son la Operación de Vida (40.7 por ciento), seguido del ramo de Automóviles dentro de la Operación de Daños (19.5 por ciento) y Accidentes y Enfermedades (14.9 por ciento).
En diciembre de 2013, el sector asegurador estaba conformado por 103 instituciones, de las cuales 56 compañías operaron seguros de Vida, mientras que 82 compañías operaron seguros de No-Vida (algunas aseguradoras están autorizadas para realizar más de una operación de seguros y pueden comercializar seguros de vida y no-vida al mismo tiempo).
Por otra parte, la CNSF reporta que los activos del sector asegurador a diciembre de 2013 ascienden a 927,429 millones de pesos (5.8 por ciento del PIB), de los cuales el 78 por ciento está representando en el rubro de inversiones. La composición del portafolio de inversiones es la siguiente: 95.2 por ciento en valores, 3.3 por ciento en préstamos y 1.5 por ciento en inmobiliarias; respecto a la inversión en valores, la mayor parte (60.4 por ciento) corresponde a valores gubernamentales, mientras que los valores privados de renta fija y de renta variable representan el 19.6 y 11.5 por ciento, respectivamente.
Respecto a la estructura de costos, en diciembre de 2013 los costos promedio de siniestralidad, adquisición y operación del sector asegurador se ubicaron en 73.7, 17.1 y 6.3 por ciento, respectivamente. El índice combinado, medido como la suma de los costos anteriores fue de 97.1 por ciento, por lo que el sector asegurador registró una suficiencia de prima -medida como la unidad menos el índice combinado- de 2.93 por ciento, lo que indica que la emisión de primas fue suficiente para cubrir los costos.
Inclusión Financiera y Seguros
La inclusión financiera puede definirse de varias formas. El Centro para la Inclusión Financiera (Center for Financial Inclusion) la define como “un estado en el cual todas las personas que puedan utilizar servicios financieros de calidad tengan acceso a ellos, que éstos tengas precios asequibles, sean provistos de una manera conveniente y con dignidad para sus clientes”. Por otra parte, la Organización de las Naciones Unidas establece entre los objetivos de la inclusión financiera el que los individuos puedan tener acceso a costos razonables a un rango completo de servicios financieros, incluyendo ahorros, depósitos, pagos, créditos y seguros.
A fin de tener una visión general del estado actual de acceso y uso de servicios financieros en México, a continuación se presentan los principales resultados de la Encuesta Nacional de Inclusión Financiera (ENIF) 20124:
• El 97 por ciento de la población adulta (77.6 millones de personas) tiene acceso al sistema financiero; sin embargo, sólo 56 por ciento usan algún producto financiero.
• Respecto al sector asegurador, sólo 22 por ciento de las personas adultas cuentan con algún tipo de seguro privado, siendo el seguro de vida el más utilizado (79 por ciento de usuarios de seguros), seguido del seguro de auto (32.9 por ciento) y del de gastos médicos mayores (30.2 por ciento). Sólo un 3.4 por ciento de la población tiene un seguro de retiro privado.
• El 78 por ciento de la población adulta que no cuenta con algún tipo de seguro, se debe principalmente a su costo (42 por ciento), a que no los conocen o no saben dónde solicitarlos (20 por ciento), o bien a que no se los han ofrecido (9 por ciento) o tienen desconfianza hacia las aseguradoras (4 por ciento).
Al analizar las características socioeconómicas de la población de los usuarios de seguros, se observa que a mayor nivel educativo y nivel de ingresos, es mayor el porcentaje de población que cuenta con algún seguro.
Coyuntura
Seguro Obligatorio de Responsabilidad Civil para Tránsito Carretero
La Asociación Mexicana de Instituciones de Seguros (AMIS) estima que en México circulan alrededor de 30 millones de vehículos, de los cuales sólo 28 por ciento cuenta con algún tipo de seguro. Por otra parte, según datos de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, en 2013 se registraron 30,000 accidentes de tránsito en carreteras federales, con un costo de más de 34,000 millones de pesos. En este sentido, México es un caso atípico en el mundo (el único de la OECD) al no contar con un seguro obligatorio para accidentes de tránsito (SOAT);, en diciembre de 2013 se reformó la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal, para establecer la obligatoriedad de que los vehículos que transiten en vías, caminos y puentes federales cuenten un seguro de responsabilidad civil a terc4eros en sus personas o en sus bienes. Posteriormente, en marzo de 2014 la Secretaría de Hacienda y Crédito Público publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) las Reglas de operación de dicho seguro.
De acuerdo con dichas reglas, a partir de septiembre de 2014, los propietarios de vehículos que transiten por carreteras federales deberán tener un seguro de responsabilidad civil, con una cobertura mínima de 50,000 pesos por daños materiales y 100,000 pesos por daños a personas (lesiones y muerte). En caso de que los propietarios de vehículos cuenten con un seguro de automóvil con una mayor cobertura, no será necesario contratar adicionalmente el seguro obligatorio de responsabilidad civil para tránsito carretero. Asimismo, la obligatoriedad de contratar este seguro será de forma gradual en función del modelo y el valor de facturación del vehículo, de tal forma que sea obligatorio para todos los vehículos en un plazo máximo de cinco años. En 2014 sólo será obligatoria la cobertura de daños a personas, para autos modelo 2011 en adelante y con un valor superior a 186,000 pesos. A partir de 2019 serán obligatorias las coberturas de daños materiales y daños a personas para todos los vehículos.
Por otra parte, la AMIS estima que la prima del seguro obligatorio estará alrededor de 300 pesos anuales, importe que deberá ser pagado en una sola exhibición al inicio de la vigencia. Se prevé que la póliza de seguro se solicitará al conductor cuando éste cometa una infracción circulando por carreteras federales sin necesidad de que se presente un accidente vehicular; si el vehículo no cuenta con el seguro, se le aplicará una multa de veinte a cuarenta días de salario mínimo vigente en el Distrito Federal (1,346 a 2,692 pesos), pero si el conductor presenta su póliza en un plazo menor a 45 días naturales, le será cancelada la infracción.
Se prohíben ventas atadas de productos financieros
Derivado de la publicación de la Reforma Financiera, a partir de abril de 2014 quedan prohibidas las ventas atadas en la contratación de algún producto o servicio financiero. Por lo tanto, las instituciones financieras deberán realizar los ajustes necesarios a sus esquemas comerciales y operativos, para la implementación de esta prohibición hasta ahora inexistente. En particular dicha medida afecta a grupos financieros que ligan el otorgamiento de créditos (hipotecarios, para adquisición de vehículos o consumo) a la contratación de seguros de vida o daños con aseguradoras del mismo grupo financiero; en adelante, la institución financiera tendrá que ofrecer opciones y detallar el costo de cada uno de los productos adicionales requeridos, e incluso si la persona ya tiene un seguro de vida contratado, la institución deberá explicarle las opciones disponibles.
Nueva Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas
En abril de 2013 se publicó en el DOF la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas (LISF), misma que entrará en vigor a partir de abril de 2015. El objetivo central de la LISF es robustecer, en el marco jurídico de los sectores de seguros y de fianzas, las materias de solvencia, estabilidad y seguridad conforme a los estándares y mejores prácticas internacionales, cumpliendo con los principios de Solvencia II, para sentar las bases de un desarrollo sano y ordenado de dichas instituciones que conforman los sectores mencionados.
De esta manera, la nueva ley contempla que mediante una fórmula general o modelos internos, para calcular su
requerimiento de capital de solvencia, considerando todos los riesgos a los que están expuestas, el cual deberá ser autorizado por la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas (CNSF). En ese sentido, ya no será la autoridad la que establezca la regla única aplicable a todas las instituciones para calcular el monto de capital que requieren, como sucede actualmente.
Para que las aseguradoras y afianzadoras estén en posibilidad de cumplir el nuevo régimen de solvencia que se propone, la LISF incorpora una serie de mecanismos que buscan fortalecer sus estructuras de gobierno corporativo. Así, dispone que las instituciones deberán contar con un sistema eficaz de gobierno corporativo que garantice una gestión sana y prudente de su actividad, cuya instrumentación y seguimiento será responsabilidad de su consejo de administración.
En el caso del consejo de administración, específicamente, se prevé que serán su responsabilidad, entre otros, los temas vinculados con la suficiencia de las reservas técnicas, la política de inversión, así como para establecer las medidas y procedimientos que permitan que las instituciones cumplan con el esquema de solvencia y un sistema de control interno que coadyuve a alcanzar el propósito referido.
Adicionalmente, las instituciones de seguros y de fianzas tendrán obligaciones para transparentar su situación financiera frente al mercado. Específicamente, deberán dar a conocer información sobre su perfil de riesgo y nivel de capitalización.
En la nueva Ley se incorpora el llamado seguro de Caución9, con un procedimiento de ejecución rápido y oportuno y que se pretende entre en competencia con los otros productos que actualmente conforman el mercado de garantías, como son la fianza y la carta de crédito. Además, se permite que el seguro de Salud pueda ser ofrecido por las aseguradoras que operan el ramo de gastos médicos y accidentes personales.
Otro propósito de la Ley de referencia es homologar el marco jurídico aplicable a los sectores de seguros y de fianzas, con las reformas que se efectuaron a la Ley de Instituciones de Crédito en 2008 y en la Ley del Mercado de Valores de 2005.
En ese sentido, la nueva Ley plantea una redistribución de las facultades que tienen asignadas las autoridades financieras, básicamente la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) y la CNSF, en cuanto a política pública, operación y supervisión, para delimitar sus ámbitos de actuación de manera precisa y clara. Asimismo, sistematiza e integra en uno sólo los ordenamientos aplicables a seguros y fianzas: la Ley General de Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros y la Ley Federal de Instituciones de Fianzas.
Por otro lado, se modifican y añaden algunos artículos a Ley Sobre el Contrato de Seguro, que entrarán en vigor en abril de 2015 y tienen como propósito incorporar las reglas específicas relativas al contrato de seguro de caución; perfeccionar el régimen de los seguros obligatorios; regular la concurrencia de seguros en el caso de seguros contra la responsabilidad, y algunas otras precisiones que buscan dar certidumbre a los asegurados y beneficiarios en la contratación de seguros.
Valoración
El sector asegurador mexicano tiene grandes oportunidades en el futuro, gracias a las recientes reformas estructurales del gobierno federal, que tienen la finalidad de estimular el crecimiento económico del país. Existen varios factores que impulsarán un mayor crecimiento del sector seguros, como la obligatoriedad del seguro de responsabilidad civil en carreteras, así como cambios contemplados en la LISF como la introducción del seguro de caución y más competencia entre proveedores del seguro de Salud –aseguradoras de gastos médicos e Instituciones Especializadas en Seguros de Salud (ISES)-.
Respecto al seguro de responsabilidad civil para automóviles, si bien es una medida en la dirección correcta, la obligatoriedad de dicho seguro debería ser de manera general y no restringirse únicamente al tránsito carretero. En otros países de Latinoamérica como Chile, Colombia y Perú, desde hace varios años es obligatorio para todos los automóviles contar con una protección básica de seguros contra daños a terceros (SOAT); sólo países con un menor desarrollo económico, como Haití, no cuentan con esta protección.
Por otra parte. desde hace varios años, las aseguradoras mexicanas han operado con uno de los más rigurosos marcos regulatorios en Latinoamérica, sin embargo la nueva Ley de Seguros y Fianzas, basada en los principios de Solvencia II, requiere un proceso de cálculo de capital basado en riesgos e incrementa la revelación y transparencia de información. Actualmente, las aseguradoras están realizando estudios cuantitativos del impacto (QIS) de los modelos de riesgo requeridos, mediante los cuales se pretende cuantificar sus propios perfiles de riesgo. El enfoque en riesgos de la nueva regulación, fomentará mejores estrategias de administración de riesgos por parte de las aseguradoras. En relación a las facultades de operación y supervisión que la LISF confiere a las autoridades financieras, sería deseable que se permitiera mayor independencia y autonomía a la CNSF, tal como lo han recomendado organismos internacionales como el Fondo Monetario Internacional.
Finalmente, la baja penetración del seguro en México se debe entre otras causas, a que hasta la fecha no existían seguros obligatorios de responsabilidad civil para automóviles, al bajo nivel de inclusión financiera en el país y al desconocimiento de los beneficios económicos del seguro para las familias y las empresas. A este respecto, la Encuesta Nacional de Inclusión Financiera muestra que los adultos en México no contratan un seguro, debido principalmente a que consideran que su costo es elevado (42 por ciento), así como al desconocimiento sobre los seguros (20 por ciento); por lo tanto, una mayor educación financiera de la población permitirá que las nuevas generaciones estén conscientes de que la función básica de los seguros es incrementar la protección de los individuos ante las consecuencias de eventos financieramente adversos, con lo cual existen implicaciones positivas también para la organización social. Sin seguro, los individuos dependen únicamente del soporte familiar o de la comunidad, y aún con dichos apoyos, muchos de los eventos desfavorables continuarán teniendo fuertes efectos en el patrimonio de las familias.