Mediante una infografía, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) explicó que los empresarios mexicanos o residentes en el extranjero con establecimiento en el país pueden ingresar a México sus recursos provenientes de inversiones directas o indirectas.
Detalló que existe una tasa preferente del Impuesto Sobre la Renta (ISR) 8.0 por ciento sobre el monto de los recursos que se retornen.
Asimismo, señaló que los ingresos que lleguen a México deben destinarse a inversiones como adquisición de bienes de activo fijo, de terrenos y de construcciones en el país para la realización de actividad empresarial, así como pago de pasivos que se hayan contraído con terceros.
Así como inversiones directas mediante instituciones de crédito o casas de bolsa legalmente constituidas.