En un comunicado, el órgano regulador indicó que la modificación tiene la finalidad de cumplir con la Política Pública de Almacenamiento Mínimo de Petrolíferos, cuya información contenida en los reportes le permitirá vigilar el comportamiento de los mercados para contribuir en la seguridad energética.
Precisó que los permisionarios de distribución y expendio de petrolíferos, y petroquímico por medios distintos a ducto, excepto los de gas LP, continuarán con su reporte diario.
Mientras que los de comercialización de petrolíferos y petroquímicos, excepto los de gas LP, que reportaban de manera mensual, a partir de la fecha establecida deberán hacerlo cada semana.
A su vez, los permisionarios de expendio y almacenamiento de petrolíferos en aeródromos y almacenamiento de petrolíferos y petroquímicos, excepto gas LP, que reportaban trimestralmente, a partir de la fecha señalada deberán reportar de forma semanal.
Sin embargo, expuso que el reporte semanal será diario en caso de que el Consejo de Coordinación del Sector Energético determine alguna situación de emergencia, con el objetivo de garantizar el abasto de combustibles en territorio nacional.
“Los permisionarios que incumplan estas obligaciones serán sancionados conforme al artículo 86 de la Ley de Hidrocarburos, correspondiente a multas de entre siete mil 500 a 150 mil veces el importe del salario mínimo”, advirtió la CRE.