La diputada local del PAN, Esther Quintana Salinas, expuso que para ello se propuso adicionar el artículo 2986 Bis al Capítulo I al Código Civil para el Estado de Coahuila de Zaragoza, pues la utilización de los estacionamientos o pensiones de vehículos se constituye un "Contrato de depósito".
Señaló que dicho contrato es un acto comúnmente realizado en las zonas concurridas como lo son los Centros Históricos de las diferentes ciudades existentes en el estado, así como en centros comerciales.
"En estos lugares es frecuente encontrarse con leyendas como: No nos hacemos responsables por daño o robo total o parcial del vehículo; los cuales están visibles tanto en los muros de los propios establecimientos, como en los boletos que se entregan para contabilizar la estancia de tiempo", declaró.
Expuso que con dicha estipulación, el dueño o encargado del establecimiento elude toda responsabilidad, respecto de los daños que se ocasionen al mueble en depósito.
Lo anterior, agregó, "no obstante a que de acuerdo a lo señalado en el artículo 2966 del Código Civil estatal, el depositario bajo este contrato se encuentra obligado a conservarlo en buen estado".
Explicó que la ley dice que al hacer dicho contrato se debe conservar el bien depositado según lo reciba y a responder de los menoscabos, daños y perjuicios, que los bienes depositados sufrieren por su culpa.
"Es así, que en busca de proteger a los usuarios de estacionamientos de cuota, se propone adicionar al Código Civil estatal, la nulidad absoluta de esta clase de cláusulas", precisó.
Enfatizó que "al responder por los daños que se ocasionen a los vehículos, los encargados se mantendrán alerta tanto de lo que sucede al interior del lugar, como de las personas que acceden al mismo, incluso pueden protegerse con seguros para cubrir los daños o robo de los vehículos depositados".