La Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes (SICT) pondrá en vigor descuentos del 25 por ciento y 50 por ciento a maestros y estudiantes, respectivamente, en el servicio ferroviario y de autotransporte federal de pasajeros, durante periodo vacacional de verano.
La vigencia de los descuentos será entre el viernes 29 de julio y el domingo 28 de agosto del presente año, de acuerdo con el calendario oficial de vacaciones establecido por la Secretaría de Educación Pública (SEP) o por las diversas universidades del país para el mismo ciclo lectivo.
Los maestros y estudiantes deberán acreditar su carácter ante los prestadores de servicios ferroviarios y los permisionarios del servicio de autotransporte federal de pasajeros, mediante la exhibición de la credencial en vigor correspondiente.
O a través de la constancia que para el efecto expida la escuela a la que pertenezcan, misma que deberá contener el nombre y sello de la escuela, nombre y fotografía del titular y, en su caso, número de cuenta o matrícula.
Las credenciales con las que maestros y estudiantes deberán acreditar el derecho al descuento serán exclusivamente de las instituciones educativas que a continuación se mencionan:
Integradas a los sistemas de educación de la SEP; direcciones o departamentos de educación en las entidades federativas; UNAM; IPN; universidades de toda la República; institutos, Escuelas Libres de Derecho, Comercio y Homeopatía; Colegio de Bachilleres, y las escuelas incorporadas a las antes mencionadas.
En el caso del servicio público de transporte ferroviario de pasajeros en su modalidad de regular interurbano, el descuento queda limitado a ocho estudiantes y cuatro maestros por coche. En el caso de los servicios de primera y económico de autotransporte federal de pasajeros, queda limitado a ocho estudiantes y dos maestros por vehículo.
Las quejas en materia de tarifas ferroviarias deberán presentarse ante la Agencia Reguladora del Transporte Ferroviario; y en caso de niveles de cobro del autotransporte, ante la Dirección General de Autotransporte Federal.
O en su defecto, y para ambos casos, ante el Departamento de Autotransporte Federal del Centro SICT que corresponda al domicilio del usuario.