En la sentencia, que la filial del grupo automovilístico alemán, ya ha anunciado que recurrirá, el magistrado estima la demanda colectiva de la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU), que pedía una indemnización por daños y perjuicios de 3,000 euros (unos 3,640 dólares) para cada consumidor afectado a los que representaba.
El magistrado ordena además a la filial del grupo automovilístico alemán a cesar en esta conducta "desleal" y también le condena al pago de los costos, con expresa declaración de temeridad.
Durante el juicio, celebrado en febrero de 2020, la filial española de Volkswagen se desmarcó del trucaje ya que, dada su condición de importadora de vehículos del grupo, no intervenía en el proceso de fabricación.
No obstante, descartó que el "software" instalado en ellos manipulase los datos sobre emisiones contaminantes y pidió que no se comparase la situación en Europa con el "dieselgate" que se destapó en 2015 en Estados Unidos y que en todo el mundo ha afectado a 11 millones de motores.
Argumentos que fueron rechazados durante la vista por la asociación de consumidores, que aseguró que Volkswagen España actuó "en contra de la política medioambiental de ahorro y eficiencia" con la que la compañía "se ganaba la simpatía del consumidor medio" y arrebataba las ventas a sus competidores.
Ahora el titular del juzgado, Carlos Nieto, considera que la instalación en estos motores de un programa informático "que ofrecía una imagen inveraz de las emisiones de gases contaminantes", es una práctica desleal.
En concreto, este "software" camuflaba "sus verdaderas condiciones" y simulaba "el mantenimiento de unos niveles de elevada potencia y consumo reducido al tiempo que transmitía públicamente la idea de una reducción significativa del consumo de combustible y las emisiones de gases contaminantes".
Entre los hechos probados de la sentencia -a la que ha tenido acceso Efe-, el magistrado hace alusión al veredicto dictado el pasado año en el que el Tribunal Supremo de España condenó a Seat, como integrante del grupo automovilístico alemán, a indemnizar con 500 euros(unos 610 dólares) a una afectada por daños morales.
El juez recuerda además que el fabricante alemán ya ha alcanzado un acuerdo para indemnizar en Alemania a los propietarios de los vehículos afectados, "comprometiéndose a abonar entre 1.350 y 6.250 euros (entre 1.640 y 7.600 dólares) a partir del 5 de mayo".
En su opinión, "a estas alturas del llamado 'escándalo dieselgate'" es un "hecho irrefutable" que Volkswagen "desarrolló e instaló" en estos vehículos un software capaz de detectar la realización de pruebas de homologación de emisiones y activar un modo del funcionamiento del motor "que falseó durante años los resultados del examen de partículas de óxido de nitrógeno".
Con todo, el juez limita la lista de afectados representados por la OCU de los 7,542 iniciales a 5,444, al limitar la indemnización a aquellos cuyos vehículos sí fueron importados y distribuidos por la demandada y presentan la incidencia en sus motores.
La sentencia también acuerda el cese de dicha práctica ya que, a la vista de las pruebas, no hay certeza de que la compañía haya acabado por completo con ellas, ni que "no se reiterarán en el futuro".
Esta medida no trata de condenar al grupo a una "sospecha permanente", aclara el juez, que lamenta que no haya empleado "el mismo celo" a aportar "pruebas más contundentes" sobre la desaparición de las manipulaciones que a negar el trucaje y la compensación a los afectados.
Fuentes del grupo Volkswagen han avanzado a Efe que se va a presentar recurso de apelación contra esta sentencia, mientras que la OCU celebra que "por fin se haya hecho justicia", aunque advierte de que este "escándalo" no acabará "hasta que todos los consumidores europeos hayan sido compensados".