Modificarán la ley para que lugares y servicios para personas con discapacidad sean de uso exclusivo

Modificarán la ley para que lugares y servicios para personas con discapacidad sean de uso exclusivo

En la capital del país, los ciudadanos que no presenten una capacidad diferente no podrán ocupar espacios ni hacer uso de servicios destinados a las personas con discapacidad, en el transporte público masivo y colectivo, sanitarios y estacionamientos, cuyo uso será “único y exclusivo” para personas con discapacidad.

Así lo establece el dictamen de reforma a la Ley para la Integración al Desarrollo de las Personas con Discapacidad en el Distrito Federal, aprobado por las comisiones unidas de Movilidad Sustentable y la de Hacienda, del Congreso de la Ciudad de México, cuya iniciativa con proyecto de decreto fue presentada en tribuna por el diputado del PRI, Ernesto Alarcón Jiménez.

“Se trata de un proyecto de dictamen a una iniciativa que presentó el diputado Ernesto Alarcón Jiménez, del grupo parlamentario del PRI, la cual propone reformar la Ley de Movilidad del Distrito Federal y la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores de la Ciudad de México”, indicó la presidenta de la Comisión de Hacienda, en su calidad de secretaria para esta sesión, diputada Valentina Batres Guadarrama.

El objetivo era destinar un vagón exclusivo para personas con discapacidad y personas adultas mayores, así como proporcionar gratuitamente el servicio en dicho sistema de transporte; de la misma manera, proponía incorporar en la Ley para la Integración al Desarrollo de las Personas con Discapacidad, que se respetara el derecho al uso exclusivo, en este caso, de los lugares que para tal efecto son asignados en el transporte público masivo.

Lo anterior, porque de acuerdo con información del Consejo para Prevenir y Eliminar la Discriminación de la Ciudad de México (Copred), en la Ciudad de México “hay un total de un millón 276,452 personas de 60 años y más; de éstas, más de la mitad (57.5 por ciento) son mujeres y el resto (42.5 por ciento) son hombres.

Asimismo, la capital es una de las entidades más envejecidas de México, donde las personas en edades avanzadas representan aproximadamente un 13.36 por ciento de la población total, de lo cual la Demarcación Territorial de Benito Juárez tiene el porcentaje más alto de adultos mayores con el 16.9 por ciento, seguida por Coyoacán con el 14.6 por ciento”.

En cuanto a las personas con discapacidad, el Inegi indica que “los motivos que producen discapacidad en las personas pueden ser variados y los clasifica en cuatro grupos de causas principales: nacimiento, enfermedad, accidente y edad avanzada. Asimismo, de acuerdo con el Copred, en la Ciudad de México la tasa de discapacidad es de 47 personas por cada mil habitantes, teniendo así un 5.8 por ciento de las personas con discapacidad del país.

Después de analizar la iniciativa los integrantes de las Comisiones Unidas de Movilidad Sustentable y Hacienda, aprobaron el dictamen con modificaciones para reformar el artículo 9, fracción II de la Ley para la Integración al Desarrollo de las Personas con discapacidad del Distrito Federal para quedar como sigue: El derecho de uso exclusivo: A los lugares y servicios que son de uso único y exclusivo para personas con discapacidad, los cuales en ningún momento pueden ser utilizados por otras personas, como es el caso de los cajones de estacionamiento, los baños públicos, el transporte público de pasajeros en las modalidades de masivo y colectivo, entre otros. Dichos lugares deberán estar señalados con el símbolo de discapacidad correspondiente, con base en lo dispuesto por esta Ley.

La también integrante del partido Morena, Batres Guadarrama, comentó que se tomaron las siguientes consideraciones al realizar el análisis correspondiente:

Respecto a la propuesta para que diversos sistemas de movilidad pudieran proporcionar de manera gratuita el servicio a personas con discapacidad y adultas mayores, los integrantes de ambas comisiones destacaron que actualmente el Metro, Metrobús y Transportes Eléctricos, ya realizan dicha acción.

En cuanto a la asignación para destinar un vagón del metro a estos grupos vulnerables, “estas comisiones reconocemos las genuinas intenciones del diputado Alarcón, sin embargo, consideramos que hacerlo no garantiza la igualdad entre las personas y el pleno ejercicio de los derechos establecidos en las Constituciones federal y local, así como en los Tratados internacionales que el Estado mexicano ha signado”, se consignó.

Mientras que la reforma al artículo 9, fracción II de la Ley para la Integración de las Personas con Discapacidad, se dijo que la ley sólo se refiere a lugares de uso exclusivo para personas con discapacidad los cajones de estacionamiento, y los baños públicos, en este sentido la modificación es que el derecho a uso exclusivo no solamente se limite al transporte público masivo, sino que contemple el servicio de transporte público de pasajeros en su modalidad masiva y colectiva.

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