Según el acuerdo, el periodo de vigencia de ejercicio de los cupos que se asignan anualmente comprende del 19 de marzo del año de asignación al 18 de marzo del año siguiente; "sin embargo, existe un lapso de entre dos y tres semanas posteriores al inicio de la referida vigencia que comprende la etapa de presentación de solicitudes de los cupos y el de notificación de las asignaciones de éstos, lo que podría retrasar el cumplimiento de los compromisos de entrega de las mercancías por parte de los beneficiarios a sus importadores, ya que en el lapso entre la entrada en vigor del cupo y el momento en que se publica la asignación del mismo por empresa, no están en posibilidades de realizar exportaciones".
Economía puntualizó que podrá autorizar a los beneficiarios asignaciones parciales cuando hayan recibido asignación en el periodo de vigencia del cupo anterior al de su solicitud.
El total de la asignación parcial no podrá ser mayor al 10 por ciento del monto del cupo a asignar conforme a la fracción anterior. La asignación se realizará a prorrata entre los solicitantes, en función del cupo asignado en el periodo anterior.
El acuerdo puede consultarse en: http://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5514062&fecha=22/02/2018