El director general del Instituto de Movilidad en el estado, Juan Carlos Martínez Hernández, informó que el instituto ha entregado permisos tanto a personas físicas como morales interesadas en dar este servicio, y que los municipios en donde se ha detectado una mayor demanda son: León, Guanajuato, Celaya, Salamanca y San Miguel de Allende.
El funcionario estatal agregó que el proceso para obtener el documento es muy rápido y sencillo pues una vez que se cumple con los requisitos que establece la ley de movilidad y se cubre el pago del permiso, el Instituto de Movilidad en un plazo máximo de tres días, entrega el documento.
Fotogalería
Martínez Hernández, recordó que el solicitante debe presentar una constancia que acredite su vinculación a alguna plataforma tecnológica, la cual debe estar reconocida, por el Instituto de Movilidad del Estado de Guanajuato.
Además tiene que llevar el vehículo, que deberá tener como máximo 6 años de antigüedad de acuerdo a la ley de movilidad y contar con las siguientes características: Frenos ABS, aire acondicionado, bolsas de aire y cinturones de seguridad. Adicionalmente se debe presentar el documento que acredita la aprobación de la revista física y mecánica de la unidad (extendida por cualquiera de los centros de revista reconocidos por el instituto), la factura o carta factura, la tarjeta de circulación, la póliza de seguro con cobertura de 5,000 UMA (Unidad de Medida y Actualización) por ocupante, por fallecimiento o incapacidad, así como por gastos médicos y funerarios.
El operador debe presentar su identificación oficial, licencia tipo “B”, tarjetón de capacitación, y su Clave Única de Registro de Población (CURP), todos los documentos tienen que estar vigentes Finalmente el Solicitante debe mostrar su identificación oficial vigente, sus inscripciones al Registro Federal de Contribuyentes y al Registro Estatal de Contribuyentes, además de la Clave Única de Registro de Población (CURP), comprobante de domicilio, acreditarse como representante legal del solicitante en escritura pública (de ser necesario) y si se trata de persona moral (asociación o empresa), presentar además, el acta constitutiva registrada y acreditar la personalidad como representante legal del solicitante en escritura pública.