Publica Setravi el nuevo formato del tarjetón para taxis

Publica Setravi el nuevo formato del tarjetón para taxis

La Secretaría de Transportes y Vialidad del Distrito Federal (Setravi) dio a conocer el nuevo formato de la tarjeta de identificación para los operadores del servicio de taxis en la capital del país, la cual destaca por los nuevos logos institucionales.

En un aviso, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, la Setravi explicó los nuevo elementos de la tarjeta de identificación para los operadores del servicio de taxis.

Por la importancia del documento, PortalAutomotriz.com la reproduce a continuación de forma íntegra:

AVISO POR EL QUE SE DA A CONOCER EL FORMATO DE LA TARJETA DE IDENTIFICACIÓN PARA OPERADOR DEL SERVICIO DE TRANSPORTE PÚBLICO INDIVIDUAL DE PASAJEROS “TAXI” EN EL DISTRITO FEDERAL

RUFINO H LEÓN TOVAR, Secretario de Transportes y Vialidad del Distrito Federal, con fundamento en los artículos 1°, 2°, 7, 15 fracción IX, 16 fracción IV y 31 fracción XI y XXIII, de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; 1°, 3°, 4° y 7° fracciones I, III, XVII, XXXIX, XLV de la Ley de Transporte y Vialidad del Distrito Federal; 1°, 2°, 5º, 7º fracción IX y 11 de la Ley de Procedimiento Administrativo del Distrito Federal; 95 Bis del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal; 1°, 33 fracción IX y 34 fracciones I y II del Reglamento de Transporte para el Distrito Federal; 16 y 18 fracción II del Reglamento para el Control Vehicular y de Licencias y Permisos para Conducir en el Distrito Federal y

C O N S I D E R A N D O

Que la Administración Pública del Distrito Federal ha determinado establecer una política consistente en  emprender acciones a corto y mediano plazo, tendiente a simplificar la regulación y mejorar los mecanismos de control para la prestación del Servicio de Transporte Público Individual de Pasajeros, en un marco jurídico eficiente, transparente y bajo los principios de simplificación, agilidad, información, precisión, legalidad, imparcialidad y buena fe previstos en el artículo 5° de la Ley de Procedimiento Administrativo del Distrito Federal.

Que el artículo 11 párrafo tercero de la Ley de Procedimiento Administrativo del Distrito Federal, señala que todos los formatos que expidan las dependencias y entidades de la Administración Pública del Distrito Federal, se publicarán previamente a su aplicación en el Órgano de Difusión del Gobierno del Distrito Federal; por lo tanto he tenido a bien emitir el siguiente:

AVISO POR EL QUE SE DA A CONOCER EL FORMATO DE LA TARJETA DE IDENTIFICACIÓN PARA OPERADOR DEL SERVICIO DE TRANSPORTE PÚBLICO INDIVIDUAL DE PASAJEROS “TAXI” EN EL DISTRITO FEDERAL

PRIMERO.- La Secretaría de Transportes y Vialidad da a conocer el formato de la Tarjeta de Identificación para Operador del Servicio de Transporte Público Individual de Pasajeros “Taxi” en el Distrito Federal.

SEGUNDO.- El formato de la Tarjeta de Identificación para Operador del Servicio de Transporte Público Individual de Pasajeros “Taxi” en el Distrito Federal tiene una medida de 21.5 x 28 centímetros y cuenta además con los datos siguientes:

a) En el lado anverso contiene:

• Nombre completo del operador;
• Clave única del operador;
• Fotografía a color del operador;
• Clave Única de Registro de Población (CURP) del Operador;
• Clasificación de Licencia tipo “B”;
• Código de barras de identificación;
• Folio de Licencia;
• Vigencia;
• Número telefónico de LOCATEL;
• Número de Quejas de la Secretaría de Transportes y Vialidad;
• Correo electrónico de Quejas de la Secretaría de Transportes y Vialidad;
• Firma de los Servidores Públicos facultados para darle legalidad al documento.

b) En el lado reverso contiene:

• Nombre completo del Operador
• Clasificación de Licencia tipo “B”;
• Vigencia;
• Fecha y hora de expedición;
• Número de Licencia;
• Folio de la Licencia;
• Tipo Sanguíneo del Operador;
• Código de barras de identificación;
• Número telefónico de Quejas;
• Número telefónico y correo electrónico de Quejas de la Secretaría de Transportes y Vialidad;
• Huella digital y firma autógrafa del Operador.

T R A N S I T O R I O S

PRIMERO.- Publíquese el presente aviso en la Gaceta Oficial del Distrito Federal.

SEGUNDO.- El presente aviso entrará en vigor el día de su publicación en la Gaceta Oficial del Distrito Federal.
México Distrito Federal, a quince de noviembre de dos mil trece.

EL SECRETARIO DE TRANSPORTES Y VIALIDAD
(Firma)
LICENCIADO RUFINO H LEÓN TOVAR

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