Una vez recibida la notificación oficial correspondiente de parte de la entidad fiscalizadora, en términos a lo establecido en los Artículos 79 de la Constitución General de la República y 39 de la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación, se cuenta con un plazo de 30 días para realizar dicho proceso de atención.
Cabe precisar que, aún y cuando no se reflejó en el citado Informe presentado a la Cámara de Diputados, toda la información de campo y la documentación respectiva fue entregada en tiempo y forma por las diversas instancias auditadas de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes a la ASF.
En tal virtud, las recomendaciones y observaciones realizadas por la ASF relativa a la Cuenta Pública 2019 a esta Secretaría no son concluyentes y se encuentran aún en proceso legal de seguimiento, por lo que, en razón de la información y consideraciones que en su caso proporcione, podrán confirmarse, solventarse, aclararse o modificarse.
La SCT reitera su total compromiso de cumplir con la ley y de atender, de manera exhaustiva, detallada, precisa y transparente toda solicitud de información requerida por la entidad fiscalizadora, a fin de aclarar a plenitud toda observación, así como para fincar eventuales responsabilidades legales, en caso de que se confirmara de la existencia de algún presunto quebranto o daño al patrimonio.